La Justicia platense le otorgó este jueves la prisión domiciliaria a Juan Ignacio Buzali, el marido de la diputada de Juntos por el Cambio Carolina Píparo. El hombre se encuentra detenido desde el 8 de enero, acusado de doble tentativa de homicidio por intentar atropellar y arrastrar por varias cuadras a un grupo de motociclistas que confundió, según su relato, con motochorros que habían asaltado a él y a su esposa antes de la madrugada del 1 de enero.
El juzgado de Garantías N° 5 de La Plata, a cargo de la jueza Marcela Garmendia, ordenó la prisión domiciliaria para Buzali, quien actualmente se encuentra detenido en una alcaidía en Olmos. Además, la magistrada dispuso la prohibición para que maneje automóviles y decidió que realice un tratamiento psicológico de manera virtual y que utilice una pulsera electrónica, que será monitoreada por el Servicio Penitenciario bonaerense.
En un escrito de 17 hojas, al que pudo acceder este medio, la magistrada fundamentó su decisión en que Buzali pudo fijar un domicilio particular, que fue satisfactorio en el estudio socioambiental que se hizo en el mismo, y especialmente en que la instrucción está casi terminada, por lo que no podría entorpecer la causa.
Sin embargo, la liberación no será inmediata porque las defensas de las dos víctimas pueden apelar la medida. De todas maneras, en tribunales dan por descontado que ese recurso no prosperará, más aún teniendo en cuenta que la fiscal del caso acompañó la decisión de otorgar la prisión domiciliaria.
La defensa de Buzali, ejercida por el letrado Marcelo Peña, fijó como domicilio una casa en el country Grand Bell y presentó una serie de certificados y recibos de sueldo de la empresa YPF, donde el marido de Píparo trabaja hace 15 años, para demostrar arraigo.
Otro punto que tomó en cuenta la jueza Garmendia para otorgar el beneficio fue el resultado de la pericia psiquiátrica realizada a Buzali. En ese documento la perito que lo analizó afirma que el detenido no cuenta con ningún proceso psicopatológico: “Sus funciones intelectuales básicas y superiores se hallan conservadas en la actualidad, no presentando las mismas ningún signo ni síntoma asociado a una enfermedad mental. No aparece durante su discurso ideación de daño y perjuicio para sí ni para terceros, no existiendo peligrosidad psiquiátrica alguna. No se ponen en evidencia en la entrevista ni en sus antecedentes estigmas de impulsividad ni fallas en el control de los impulsos”.
La fiscal María Eugenia Di Lorenzo también acompañó la medida de la prisión domiciliaria, luego de pedir que se realizara una nueva pericia psicológica y de que el imputado aclarara cuál era su domicilio oficial: “Finalmente, entiendo que una vez esclarecida la situación domiciliaria del imputado este Ministerio Público no encuentra óbice (impedimento) a que sea otorgada la morigeración requerida”.